Xalapa, Ver.- Tras la acción de Inconstitucionalidad que la Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo al Artículo 75 del Código Civil del Estado de Veracruz en el que sólo se contemplaba el matrimonio entre personas de distinto sexo, los registros civiles, tanto del Estado como los de los municipios, deben validar de inmediato dicho trámite y hacer efectiva la unión legal de personas del mismo sexo.
El presidente de la Coalición Estatal LGBTTIQ+ en Veracruz, Benjamín Callejas Hernández explicó que de inmediato deben otorgar dicho trámite por la vía administrativa igual que el cambio de identidad sexo genérica y no negarlo como había ocurrido recientemente en los registros municipales de Poza Rica, Córdoba y Xalapa:
«Lo que tiene que hacer el Registro Civil del Estado de Veracruz y todos los registros civiles municipales es adecuarlo por la vía administrativa. Tienen que adecuar ahora en sus trámites las solicitudes y ya no discriminar la solicitud de los amparos»
De igual forma el Congreso del Estado debe adecuar dicho cambio de manera inmediata en la siguiente sesión ordinaria donde se encuentren la mayoría de diputados locales sin la necesidad de someter a votación tal iniciativa presentada en su momento por el diputado Ramón Díaz Ávila.
«Tiene que hacerlo de manera exprés. Es un mandato de la Suprema Corte, ya no tiene que pasar a dictaminación ni a votación».
La acción de inconstitucionalidad que este lunes hizo la SCJN es resultado de las solicitudes de colectivos que integran la Coalición LGBTTIQ+ y de otras personas que no están adheridas a ella tras la Reforma al Código Civil que se hizo en el 2020 cuando se aprobó el derecho al concubinato, un avance que si bien para la población sexodiversa fue importante, pero que no atendía la pugnan por garantizar el derecho al matrimonio civil de dicha población.
«Después de varias platicas con la CEDH solicitamos por escrito y en mesas de trabajo que llevara a cabo la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que se diera el análisis en jurisprudencia de acuerdo a los tratados internacionales en toda la normatividad legal que hay en la Constitución para derogar el Artículo 75 vigente, donde expresa que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, lo que es discriminatorio y no da pasa al tema del matrimonio igualitario.
El año pasado que se regresó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que agilizara el tema de análisis. Después de dos años la lucha no ha sido en vano» celebró este lunes Benjamín Callejas.
Resaltó que es un Parteaguas en el tema de derechos humanos igualitarios en Veracruz logrado por la vía legal y no por el respaldo del Congreso del Estado que a su parecer, queda a deber a la población no heterosexual o de la diversidad en esta entidad.
Por Héctor Juanz