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Noreste | Poza Rica, Ver. | 09 Sep 2025 - 19:26hrs
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de recontar los votos de la elección para el ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz, celebrada el 1 de junio.
Con esto, el TEPJF desestimó las impugnaciones que buscaban frenar el proceso, manteniendo firme la resolución previamente emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz y validada por la Sala Regional Xalapa.
¿Por qué se avaló el recuento?
En una sesión pública, el TEPJF determinó que las demandas para detener el recuento eran improcedentes.
La Sala Superior consideró que la decisión de reabrir los paquetes electorales para un nuevo escrutinio y cómputo de votos era un asunto de legalidad, no de constitucionalidad. Esto significa que el recuento es una medida para dar certeza a la elección, lo cual es parte de las facultades de los tribunales locales.
El TEPJF concluyó que no había motivos para revocar la decisión, ya que estaba apegada a la ley y no violaba ninguna norma constitucional.
El recuento había sido solicitado por la candidatura que obtuvo el segundo lugar en la contienda, una situación extraordinaria, pues generalmente esta solicitud la hacen los partidos políticos. Sin embargo, el tribunal local consideró que esta petición era legalmente válida bajo las circunstancias del caso.
Con esta resolución, se desecharon las demandas de reconsideración (SUP-REC-397/2025 y acumulado), y el proceso de recuento de votos puede seguir su curso.