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Noreste | Ciudad de México. | 24 Nov 2025 - 21:13hrs
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo trascendental en materia electoral al validar la inclusión de fotografías de los candidatos en las boletas, al tiempo que invalidó la fórmula utilizada por legislaciones locales para calcular la representación proporcional, protegiendo así la pluralidad política.
El Pleno de la Corte determinó que integrar la imagen de los aspirantes en la documentación electoral es una medida que se mantiene dentro del margen de la libertad de configuración de los estados y no constituye propaganda, por lo que no vulnera el principio de equidad en la contienda. Asimismo, el máximo tribunal validó normas locales relativas a la fijación de fechas de inicio, duración de campañas y reducción de plazos de precampañas, reafirmando que las entidades gozan de autonomía para regular sus procesos conforme al artículo 116 constitucional.
El punto más relevante del fallo se dio en el ámbito de la representación proporcional. La SCJN invalidó aquellas porciones normativas que obligaban a calcular los límites de sobre y subrepresentación con base en la votación total emitida. La Corte argumentó que esta práctica generaba una distorsión que afectaba la correspondencia real entre votos y escaños. Por ello, se reiteró que dicho cálculo debe realizarse obligatoriamente sobre la votación depurada, excluyendo votos nulos, sufragios a candidaturas no registradas y aquellos emitidos para partidos que no alcanzaron el umbral legal.
Esta decisión busca proteger la pluralidad y garantizar una representación más equitativa en los congresos locales.